La sentencia que podría cambiar la forma de pagar impuestos al comprar o heredar una casa
Cuando uno compra o hereda una vivienda, en las escrituras se hace constar el precio que ha pagado por ella o su valor de tasación. Esa cifra sirve de referencia para el pago de los correspondientes impuestos. Para evitar los fraudes, las haciendas autonómicas tienen un tiempo para comprobar si la cantidad escriturada se corresponde con la realidad del inmueble. De no cuadrar los datos, el contribuyente debe que pagar las tasas correspondientes a la diferencia con la valoración de la administración, que casi siempre sale beneficiada por esta fórmula.
En algunas regiones, como es el caso de la Comunidad Valenciana, el cálculo se realiza multiplicando el valor catastral por un coeficiente que es único para cada municipio. Sin embargo, esta fórmula para establecer las tasas a pagar podría tener los días contados después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Valencia haya emitido una sentencia en la considera no válido este sistema al no reflejar las particularidades de cada inmueble.
"El Tribunal considera que la fórmula actual establece un valor colectivo y no un valor real individualizado en un contexto de crisis inmobiliaria que ha desplomado los precios ", ha explicado José María Salcedo, del despacho Ático Jurídico Salcedo Abogados. La sentencia estima que los técnicos de la Agencia Tributaria no pueden basar sus informes solo en la ficha catastral, sin constatar "in situ" la situación de los inmuebles.
Con la crisis aumentaron el coeficiente que se multiplica por el valor total del IBI y aumentaron el valor del IBI también. Posteriormente bajaron el coeficiente, pero siguieron aumentando el valor total del IBI de los inmuebles... Resultado, siempre el mismo... Cobro excesivo e indebido de impuestos, por asuntos que no generan prejuicio o gasto al Ente Publico (Hacienda). Pero como ya no hay tanta construcción, de donde sacan los dineros para pagarse los sueldos tan dignos y privilegios que ostentan...
Salcedo
considera que el dictamen “es lógico” porque no
se tiene en cuenta aspectos como la zona, la antigüedad o el estado
de conservación:
“dentro de un mismo edificio un piso puede valer más que otro por
estar reformado, y con este método no se tiene en cuenta esa
información”.
El
método de valoración impugnado se venía aplicando desde, que en
2013, otra sentencia anulase a las liquidaciones realizadas hasta la
fecha con llamado ‘dictamen de perito’ y para Nuria Marco,
vicepresidenta del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad
Inmobiliaria (COAPI), no era más que “un simple método de
extracción de rentas, un impuesto revolucionario y un impuesto casi
confiscatorio basado en una fórmula matemática sin fundamento
económico ni real”.
En
los últimos dos años la Conselleria de Hacienda había estado
realizando una comprobación
masiva de valores aplicando
el método anulado y ahora no solo tendrá que volver a definir su
método de valoración, sino que además se podría enfrentar a las
reclamaciones de muchos contribuyentes que pedirán judicialmente la
devolución del dinero pagado de más.
La
sentencia más esperada
La
importancia de esta sentencia radica en que no
solo afecta a los residentes de la Comunidad Valenciana, sino
también de otras regiones,
como Madrid, que tienen allí casas
de vacaciones.
“Es una de las sentencias tributarias más esperadas de los últimos
años”, reconoce Salcedo.
Además,
aunque la sentencia no sienta jurisprudencia, “si
puede invocarse ante el Tribunal Superiores de Justicia de otras
Comunidades Autónomas
que apliquen métodos similares y los magistrados locales deberán
aceptar o no la tesis del de Valencia”, apunta el responsable de
Ático Jurídico. Por ejemplo, Andalucía, Castilla
y Leóno Cantabria tienen
también sistemas basados en la aplicación de distintos coeficientes
sobre el valor catastral.
Para
que lo esgrimido por este dictamen judicial tuviese obligada
aplicación en todas las regiones debería llegar Tribunal Supremo,
algo que José María Salcedo prácticamente descarta porque para
que el Alto Tribunal se pronuncie sobre el asunto “debería haber
al menos dos supuestos exactamente iguales”.